Servicio

Contrataciones con el Estado

En materia de Contrataciones con el Estado, conforme a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF, se considerarán como materias conciliables, sin ser excluyentes, las que a continuación se indican:

  • Resolución de contrato.

  • Ampliación del plazo contractual.

  • Recepción y conformidad.

  • Valorizaciones o metrados

  • Liquidación de contrato

  • Obligaciones posteriores al pago

  • Pagos

  • Resarcimiento de daños y perjuicios

  • Vicios ocultos