Régimen de visitas

puede ser solicitada por el padre o la madre que no vive con el(los) hijos(s), debiendo adjuntar la partida de nacimiento que acredite su entroncamiento, a su vez, acreditar con prueba suficiente el cumplimiento o la imposibilidad de cumplir la obligación alimentaria conforme lo previsto por el articulo 88° del Código de los niños y Adolescentes. El régimen de visitas deberá precisar los días, horas, lugar de realización y si se realizara con externa miento o no de la vivienda donde viven con el(los) menor(es).

¡En que casos se lleva?

Cuando un padre desea mantener contacto y visitas periódicas con su hijo menor.

REQUESITOS

1

Solicitud de conciliación.

2

DNI de los padres.

3

Partida de nacimiento del menor.

4

Propuesta de cronograma de visitas.

5

Requisito adicional sugerido: Informe
social o psicológico
(si se requiere).